https://doi.org/10.33326/27086062.2021.2.1187
Artículo original
Impacto del control ciudadano en
el cumplimiento normativo de los portales de transparencia estándar en empresas
de saneamiento del sur del Perú
Impact of
citizen control on regulatory compliance with standard transparency portals in sanitation companies in southern Peru
1Dennys Geovanni Calderón Paniagua
ORCID:
0000-0002-6569-0634
2Grisely Rosalie
Quispe Vilca
ORCID:
0000-0003-0526-4366
3Braulia Paniagua Quispe
ORCID:
0000-0003-3511-6823
4Hugo Flores Choquecota
ORCID:
0000-0002-2061-6131
1Universidad Nacional Mayor de San Marcos, Lima, Perú
2Universidad Nacional Mayor de San Marcos, Lima, Perú
3Ministerio de Educación del Perú, Tacna, Perú
4Universidad José Carlos Mariátegui, Moquegua, Perú
Recibido: 15/05/2021 Aceptado: 23/06/2021
RESUMEN
La
investigación tuvo como objetivo principal, analizar el impacto del control
ciudadano en el cumplimiento normativo de los portales de transparencia
estándar (PTE) de las empresas de saneamiento del sur del Perú. Respecto al
tipo de investigación, se encuentra enmarcada en el tipo básica, sobre el
diseño de investigación, fue de nivel descriptivo, toda vez que tiene la
finalidad de generar nuevos conocimientos, al evaluar el impacto que se genera
en el nivel de cumplimiento de las normas aplicables en los PTE de las empresas
de saneamiento de las regiones ubicadas en el sur del Perú mediante la
aplicación del control ciudadano, dentro de las normas legales de acceso a la
información pública y control social, lo cual fortalece la participación
ciudadana. La población y muestra estuvo constituida por las 4 empresas de
saneamiento ubicadas en las regiones sur del territorio peruano,
específicamente en las regiones de Arequipa, Moquegua y Tacna, asimismo, se
empleó un análisis registral. Se concluye que el impacto generado luego de la
aplicación del control ciudadano en la verificación del nivel de cumplimiento
normativo de los PTE en las empresas de saneamiento del sur del Perú fue de un
porcentaje de cumplimiento al 30.5 % categorizado con la calificación de
“necesitan mejorar”, este resultado evidencia el bajo nivel de cumplimiento
normativo y demuestra la deficiente transparencia de información pública que
tienen dichas empresas hacia la población.
Palabras clave: Control, ciudadano, normatividad,
transparencia, empresa.
ABSTRACT
The main objective of the
research was to analyze the
impact of citizen control on the regulatory compliance of standard transparency portals (PTE) of sanitation companies
in southern Peru. Regarding the type
of research, this work is
framed in the basic type, on
the research design, it was
descriptive level, since it has the purpose
of generating new knowledge by evaluating
the impact that is generated
in the level of compliance with
the norms applicable in the PTEs of the
sanitation companies of the regions
located in the south of Peru
through the application of citizen control, within the legal norms of access to
public information and
social control, strengthening citizen
participation. The population and sample consisted of the
4 sanitation companies located in the southern regions of the Peruvian territory, specifically in the regions of
Arequipa, Moquegua, and Tacna. A registry analysis was also
used. It is concluded that
the impact generated after the application of citizen control in the verification of the level of
regulatory compliance of the PTE in the
sanitation companies of southern Peru
was a compliance percentage of 30.5 % categorized with the qualification of “They need
to improve”, this result shows the low level
of regulatory compliance and demonstrates the deficient transparency
of public information that these companies have towards the
population.
Keywords: Control, citizen, regulations, transparency, company.
INTRODUCCIÓN
La
transparencia de información y el derecho que tiene la ciudadanía para acceder
a la información de las entidades públicas, en el marco de la modernización de
la gestión pública, son instrumentos imprescindibles que permiten a la población
estar informados sobre las acciones que realizan las entidades públicas y
promueven la inserción de estos en la toma de decisiones, Oszlak (2012)
menciona en ese contexto, la importancia que tiene la Carta Iberoamericana de
Participación Ciudadana en la Gestión Pública (CLAD, 2009), que busca generar
una democracia plena, que tenga como base los derechos de acceso a la
información, la participación y opinión en temas públicos, concordante con la
existencia de un gobierno abierto, que exige necesariamente la apertura de los
gobiernos a la ciudadanía, para que ellos ejerzan libremente su derecho de
acceder a la información, aunado a esto permite fortalecer la confianza en el
ejercicio de la función pública que tiene la sociedad sobre las entidades, como
parte de la lucha contra la corrupción en el ámbito de la transparencia de
información (Rodríguez, 2003).
Aunado
a esto, es visible durante los últimos años, resaltar que los recursos
tecnológicos cada vez son de mayor importancia en el desarrollo de la gestión
pública, empleados para fomentar la transparencia, motivar la participación de
la comunidad, puesto que se convierte en la principal fuente generadora de
valor público, que busca devolver la confianza del ciudadano en el adecuado y
eficiente accionar del Estado, en las intervenciones que realiza para mitigar
los problemas públicos que se presentan en la sociedad, con mayor fuerza
durante estos últimos años, que debido a la COVID-19, y a la implementación de
trabajo remoto, las entidades se han visto en la obligación de generar
mecanismos de uso de medios tecnológicos rápidos y eficaces que cubran las
expectativas de los ciudadanos sobre la transparencia y participación
ciudadana.
El
gobierno electrónico genera iniciativas importantes para que dentro del Estado
se impulse medidas vinculadas a transparentar la información y fortalecer la
confianza de la ciudadanía, al vincular dentro de la administración pública el
uso de la tecnología, ofrecer una alternativa para que la población tenga
conocimiento y monitoree la información que se encuentra almacenada en
plataformas informáticas.
Al
respecto, en el territorio peruano, desde el año 2017, mediante la Directiva
N.º 001-2017-PCM/SGP, se ha implementado el Portal de Transparencia Estándar
(PTE) el cual tiene la finalidad de cumplir con el principio de publicidad de
información en las entidades del Estado, y caracterizarse por ser amigable para
la ciudadanía, al fortalecer la vigilancia por parte de la población en los
actos que se ejecuten dentro de la administración pública, más aún cuando desde
marzo de 2020, debido a los impactos que generó la pandemia de COVID-19, cambió
de forma rápida la manera de vivir y trabajar, el uso de herramientas digitales
fue ganando mayor importancia, tal es así que los PTE son de vital importancia
puesto que permiten a los ciudadanos acceder de forma puntual y precisa a
determinada información relacionada a una entidad pública, para ejercer su
derecho de participación y control ciudadano (Ley 26300, 1994).
Ahora
bien, aunado a los esfuerzos de lucha contra la corrupción y concordante con lo
descrito en el párrafo precedente, se genera la necesidad de mencionar al
control ciudadano como un aliado estratégico, que surge como una forma efectiva
para que la ciudadanía participe en los asuntos del Estado, involucrándose en
la gestión pública (Guillen et al, 2009), mediante la verificación y
supervisión de la prestación de servicios por parte de cualquier entidad
pública y en base a esta, se puedan generar cambios estructurales en la forma
como se trabaja la toma de decisiones, de tal manera, que mejore los servicios
brindados, el desarrollo social y genere valor público.
Sin
embargo, se percibe que la ciudadanía tiene un escaso interés de vincularse con
el derecho de participación mediante el control ciudadano, por falta de
conocimiento y difusión de mecanismo, es por ello, que son mínimas las
entidades que promueven y vinculan al ciudadano en mecanismos y acciones de
participación, lo que se refleja en el descuido por algunas entidades. Al tener
registrada y actualizada la información en los PTE, se evidencia el peligro que
existe para la práctica de los derechos de participación y control ciudadano,
toda vez que el ciudadano puede interpretar estos presuntos incumplimientos
como parte del desarrollo común de las entidades dentro de la administración
pública. Por otro lado, dentro del grupo de entidades públicas, tenemos las
empresas de saneamiento, organizaciones que tienen la finalidad de brindar el
servicio de agua potable, y ayudan al cierre de brechas en temas de
saneamiento, sin embargo, en ocasiones, estas empresas no direccionan su
accionar en brindar servicios que sean sostenibles en el tiempo, pese a que
como parte del cierre de brechas en este sector, se tiene que al 2030 se logre
alcanzar que el 100 % de la población cuente con un servicio de calidad, así
como sostenible e información que pueda ser transparentada, para que esta
retome la confianza.
En
este contexto, es importante conocer si las empresas públicas de saneamiento,
por su relevancia dentro de la cadena de servicios públicos relacionados a la
dotación de recurso hídrico a la población, alineadas al cumplimiento del sexto
objetivo: agua limpia y saneamiento, de los objetivos de desarrollo sostenible
al 2030 (Organización de las Naciones Unidas, 2015), vienen transparentando de
forma adecuada la información citada en la directiva antes indicada, para que
la ciudadanía perciba que estas brindan un servicio de calidad, toda vez que no
gozan de la preferencia por parte de los usuarios sino todo lo contrario,
generan disgustos, paros y protestas, como las ocurridas en la región sur en el
año 2018, a causa del aumento de las tarifas (El Comercio, 2018). De lo antes
mencionado, nace la oportunidad e impacto de esta investigación, ya que
mediante la aplicación del control ciudadano se determinará el nivel de
cumplimiento normativo de los PTE en las empresas de saneamiento del sur del
territorio peruano, se evidencia el impacto que genera contar con una población
capacitada, que pueda coadyuvar mediante el control ciudadano en alertar y
mejorar los procesos que se desarrollan en la gestión pública.
En
tal sentido, el presente trabajo consideró el siguiente objetivo: analizar el
impacto del control ciudadano en la determinación del nivel de cumplimiento
normativo de los PTE en las empresas de saneamiento del sur del Perú, este
objetivo tiene gran relevancia puesto que permitió conocer el nivel de
cumplimiento normativo de los PTE de las empresas de saneamiento en el sur del
Perú, en base a la aplicación del control ciudadano, se genera una metodología
descentralizada para vincular la participación ciudadana en las actividades y/o
procesos que se desarrollan en la gestión pública específicamente las
vinculadas con la transparencia de información, del mismo modo, permite generar
el análisis sobre el adecuado desarrollo y cumplimiento normativo de las
empresas de saneamiento.
Ahora
bien, para esta investigación se tiene los siguientes antecedentes que
evidencian la relevancia e impacto del trabajo:
Respecto
al control ciudadano, Meléndez (2018), en su investigación buscó encontrar el
grado de correlación existente entre la ciudadanía con el apoyo que puede
brindar al control gubernamental en la región de Puno, en los procesos que se
desarrollan en la gestión pública, de esta investigación se desprende que
mediante los monitoreos ciudadanos que realiza la población en la zona sur de
este departamento, se generó un impacto positivo, lo que se traduce en un
ambiente favorable para coadyuvar a las labores de control gubernamental, por
ende la lucha contra la corrupción, evidencia que la puesta en práctica del
derecho de participación y control ciudadano ayuda a generar un mayor nivel de
confianza por parte de la ciudadanía hacia las entidades públicas y por ende en
los servicios públicos que este brinda.
De
igual forma Calderón, Quispe y Pacompia (2021)
desarrollaron una investigación mediante la cual por medio de la aplicación del
control social que ejerce la ciudadanía como parte de sus derechos de
participación ciudadana, evidenciaron el nivel de cumplimiento normativo del
sistema INFObras, en la EPS Tacna S.A., esta
investigación fue básica, descriptiva-explicativa, como población se consideró
las obras que se encuentran registradas en el sistema INFObras,
el cual es de libre acceso a la comunidad. Se concluye que posterior a la
aplicación del control social, la entidad antes mencionada tiene un alto nivel
de incumplimiento normativo, lo cual limita la participación de la ciudadanía de
la región Tacna, es decir no les permiten conocer cómo se ejecutan las obras
públicas en el marco de sus competencias.
Respecto
al cumplimiento normativo de los PTE, mediante la investigación realizada por
Córdova (2020), se analizó la vinculación que existe entre las variables del
PTE respecto a la gestión municipal de la provincia El Dorado, esta
investigación tuvo un diseño no experimental, el cual arribó a que existe una
relación positiva y lineal entre ambas variables mencionadas, con un valor de 0.881
de correlación, es decir que en la medida que se tenga la información completa
y actualizada, incidirá en la gestión de la municipalidad, ya que mejora la
percepción que el ciudadano tiene de esta.
Por
su parte, Ruiz (2018), en su investigación desarrolló procedimientos para
determinar la correlación que existe entre el gobierno abierto y el uso del
PTE, en la Universidad Nacional de San Martín, para lo cual, después de aplicar
una encuesta de campo a 48 servidores que laboran en la entidad antes citada,
se concluye que el gobierno abierto mantiene una relación directa y
significativa con el uso de los PTE, en este contexto, es importante mencionar
la siguiente conclusión, se demuestra de forma fehaciente la alta correlación
que existe entre ambas variables, toda vez que el gobierno abierto, uno de los
tres ejes transversales de la modernización de la gestión pública, se encuentra
inmerso y se vincula con la calidad de información que se transparenta a la
ciudadanía.
De
igual forma, Valdez et al. (2017) desarrollaron una investigación que tuvo como
finalidad encontrar el grado de cumplimiento, así como de implementación de la
normativa vigente respecto a la transparencia y acceso a la información
pública, este trabajo fue de carácter cuantitativo y analítico, enmarcado
dentro del ámbito no experimental, de igual forma lo relacionado a la muestra
analizada se consideró gobierno locales del sur de Puno, como Chucuito-Juli,
Yunguyo y el Collao, se concluye que las entidades materia del análisis
muestran resultados caracterizados por ser insuficientes en cuanto a la
información que proporcionan los PTE, esto genera que la población tenga
desconfianza en las actividades que realiza la entidad en aras de transparentar
la información pública y cumplir con la normativa aplicable.
En
ese mismo sentido, Alarcón (2015) en su investigación buscó determinar el nivel
de cumplimiento del PTE de las municipalidades de la región de Lambayeque
durante el primer semestre del año 2013, para lo cual desarrolló esta
investigación analítica-descriptiva, estudia la variable sin realizar ninguna
alteración, la investigación tuvo como población y muestra a las 38
municipalidades tanto provinciales como distritales de la región de Lambayeque,
donde se concluye que el nivel de cumplimiento es muy bajo, peor aún se
determinó que algunas entidades carecen de PTE, lo tienen inactivo o con
información desactualizada, lo que se traduce como una desatención hacia la
comunidad, limita que la población ejerza su derecho de participación y control
ciudadano e inclusive a incurrir en un incumplimiento normativo.
Sobre
este aspecto, es importante mencionar la relevancia del control ciudadano que
apoya en las labores de fiscalización social, que cumple un papel preponderante
como fuente de información calificada, que tiene su razón de ser en el derecho
de participación ciudadana enmarcado en la Constitución Política del Perú,
artículo 2, que precisa, las personas tienen derecho a participar de forma
individual o grupal en la vida política, social y económica de la nación.
Asimismo, Mellado (2001) destaca la utilidad de la participación cotidiana de
la ciudadanía en la toma de decisiones y durante la ejecución de estas, que
atañen a la comunidad. De igual forma, el Banco Interamericano de Desarrollo
(2004) precisa que la participación ciudadana conlleva el conjunto de
procedimientos por los cuales los ciudadanos como parte activa de la sociedad,
ejercer una labor de fiscalización en las actividades del Estado en los tres
niveles de gobierno, se demuestra con estos autores la importancia que tiene el
control ciudadano para evidenciar el buen o mal uso de los recursos públicos en
la administración pública.
Finalmente,
para esta investigación se ha considerado a las empresas públicas de
saneamiento de la región de Tacna, Moquegua y Arequipa, por el vital servicio
público que brindan a la comunidad, que debe ser de forma eficiente y
transparente, ya que promueven el cierre de la brecha de saneamiento existente
en el Estado Peruano. Por ello, esta investigación pretende, mediante la
aplicación del control ciudadano, evidenciar el nivel de cumplimiento normativo
de los PTE en estas empresas públicas, al considerar que para la implementación
y actualización de información en esta plataforma existen marcos normativos, y
su no cumplimiento pueden acarrear responsabilidades administrativas en el
campo de la administración pública, sin dejar de lado la percepción sobre la
calidad del servicio que tendrían los usuarios.
MATERIAL Y MÉTODOS
Según
Hernández, Fernández y Baptista (2014), esta investigación se encuentra
enmarcada dentro del tipo básica, presenta un nivel de investigación
descriptivo, toda vez que tiene la finalidad de generar conocimiento
relacionado al impacto que tiene el control ciudadano en los procesos de
evaluación del nivel de cumplimiento normativo de los PTE en las empresas
públicas de saneamiento en el sur del Perú. De igual forma, tiene un enfoque de
investigación cuantitativa, ya que sustenta su razón de ser en la evaluación
que se realiza sobre el grado de cumplimiento de los PTE en las entidades de la
región sur del Perú, por último, tiene un diseño no experimental y un corte
transversal, toda vez que la toma de datos fue realizada en un determinado
momento.
Por
otro lado, la población considerada para este trabajo se constituyó por cuatro
empresas públicas de saneamiento, las cuales se encuentran ubicadas en la
región Tacna, Moquegua y Arequipa, al sur del territorio peruano (Tabla 1).
Asimismo, se ha considerado como muestra al 100 % de estas empresas, en las
cuales se aplicó el instrumento de control ciudadano, mediante el cual se
obtuvo y analizó la información respecto a los PTE.
En
relación a las técnicas empleadas en la investigación para realizar la
recopilación de información, se vio por conveniente utilizar un análisis
registral, al generar en primera instancia una lista de cotejo concordante con
las precisiones normativas de la directiva, para seguidamente emplear la
información pública disponible en los PTE, concordante con la política de
participación ciudadana y transparencia de información del Estado, y se realice
el control ciudadano a los PTE.
Asimismo,
respecto a los materiales y herramientas empleados en la recopilación de
información, se elaboró una secuencia lógica para analizar cada uno de los PTE,
en base la normativa vigente que delimita la obligatoriedad de su
implementación y actualización de información pública por parte de las
entidades del Estado, así como la normatividad pertinente para analizar a las
empresas públicas, de igual forma para la evaluación respectiva se consideró la
tabla de calificación (Tabla 2) adaptada de la investigación realizada por
Valdez et al. (2017), la cual permitió interpretar y categorizar los resultados
obtenidos de la investigación.
Respecto
a lo indicado líneas arriba, sobre las bases normativas empleadas para el
análisis y pertinencia del trabajo de investigación, estas se detallan a
continuación:
De
la Ley 27785 (21 de julio de 2002), se ha considerado la citada normativa
puesto que en ella se contempla la vinculación que existe entre el control
social y la transparencia como parte del sistema nacional de control, enmarcado
en las disposiciones finales, específicamente en la novena que precisa las
definiciones básicas, a continuación, se procede a describirlas:
Control
social: Es aquel derecho que tiene la ciudadanía a participar de forma activa
en los procedimientos que se desarrollan dentro de la gestión y el control
público, su participación es importante puesto que son considerados como
información de primera fuente sobre las áreas críticas de la administración
pública para identificar presuntos actos de corrupción que se pudiesen estar
dando.
Transparencia:
Se refiere al deber que tienen los trabajadores del Estado, de permitir que sus
actuaciones relacionadas a la gestión tengan que ser informados y sustentados
de forma clara a las autoridades del gobierno y a la población, con la
finalidad de que estos conozcan y evalúen cómo se desarrollan los actos
vinculados al buen uso de los recursos públicos, sus objetivos y metas
institucionales.
De
la Ley 26300 (3 de mayo de 1994), se ha considerado la citada normativa, toda
vez que esta describe cuáles son los derechos de control ciudadano que ostentan
todas las personas dentro del territorio peruano, la cual genera la posibilidad
de aplicar este control social en las entidades públicas a nivel de los
gobiernos municipales y regionales, a continuación, se precisa lo descrito:
Artículo
3.- Derechos de control ciudadano.
Se
detallan los derechos de control que ostentan los ciudadanos: en el literal d),
se precisa como otros mecanismos de control establecidos por la mencionada
normativa, aquellos que se generen y sean aplicables a los gobiernos regionales
y municipales.
De
la Ley 27444 (10 de abril de 2001), se ha considerado la citada normativa, toda
vez que esta describe en el principio de participación, la pertinencia de
brindar información a los ciudadanos y el derecho que estos tienen de
recibirla, lo descrito se precisa a continuación:
Artículo
IV.- Principios del procedimiento administrativo.
1.12.
Principio de participación: Respecto a este principio se detalla que las
entidades deben de realizar las acciones necesarias para brindar la información
necesaria y requerida por los administrados, sin necesidad de algún tipo de
justificación, exceptuando aquella que afecte la intimidad personal, la que se
encuentre vinculada a temas de seguridad nacional o sobre las cuales exista
norma expresa que lo prohíba, asimismo, detalla que esta participación se debe
realizar por un lado mediante el servicio de acceso a la información pública y
por otro recepcionando la presentación de opiniones
de los ciudadanos.
Del
Texto Único Ordenado de la Ley N.º 27806 (11 de diciembre de 2019), se ha
considerado la citada normativa, toda vez que esta describe la importancia de
la publicidad de la información, como fuente calificada para la ciudadanía y
dentro de este contexto menciona que una forma de hacerlo es mediante los PTE,
a continuación, se precisa lo descrito:
Artículo
3.- Principios de publicidad.
Hace
referencia que los funcionarios públicos son responsables de facilitar el
acceso a la información de las diversas áreas de las entidades, por lo que
deben de custodiarla de forma ordenada, sistematizada y publicar en la medida
que las leyes lo soliciten.
1.
Aquella información que posea el Estado se concibe que es pública,
excepcionalmente aquella contemplada por el artículo 15 de la presente
normativa.
2.
El Estado desarrolla acciones con la finalidad de garantizar la transparencia
de información, asimismo, promoverla en todas las entidades que componen la
administración pública.
3.
El Estado tiene el deber de brindar la información que los ciudadanos soliciten
en concordancia con el principio de publicidad.
Artículo
4.- Responsabilidades y sanciones.
El
presente numeral precisa que todas las entidades del Estado, están obligadas a
cumplir con lo mencionado en esta normativa, teniendo en consideración que en
caso incurran en no cumplir a cabalidad con lo precisado, podrían ser
sancionados por la ejecución de una falta categorizada como “falta grave”.
Artículo
5.- Publicación en los portales de las dependencias públicas.
Este
numeral precisa que las entidades en base a su presupuesto, de manera
progresiva tienen que realizar la difusión, a través del internet, de la
siguiente información:
1.
Datos generales de la entidad en la cual se aprecia las disposiciones y
comunicados emitidos, de igual forma, cómo está constituida su organización, el
organigrama institucional, los procedimientos, su marco legal vigente, entre
otros del TUO del procedimiento administrativo.
2.
La información concerniente al presupuesto, que incluya los datos del
presupuesto que ha sido ejecutado de los proyectos de inversión de los salarios
y beneficios de funcionarios y el personal en forma general, finalmente las
remuneraciones.
3.
Adquisiciones de los bienes y servicios que se realicen en la entidad, la cual
debe contar con el detalle de los montos comprometidos, de los proveedores, de
las cantidades y las calidades de los bienes y de los servicios que fueron
adquiridos.
4.
De igual forma las actividades desarrolladas o que están próximas a
desarrollarse con los altos funcionarios de la entidad, titulares y cargos del
nivel siguiente.
5.
Información adicional que la entidad considere pertinente publicar.
De
la Directiva N.º 001-2017-PCM/SGP, en adelante la “directiva”, se ha
considerado la citada normativa toda vez que describe el marco normativo de la
implementación de los PTE en las entidades del Estado Peruano, asimismo, la
responsabilidad de los funcionarios en mantener actualizada la información y
las responsabilidades que acarrea no realizarlo, continuación, se precisa lo
descrito:
Artículo
5.- Del Portal de Transparencia Estándar PTE.
El
PTE, viene a ser una herramienta informativa, que se encuentra integrada al
Portal del Estado Peruano, esta contiene la gestión que desarrolla la entidad
clasificada en rubros temáticos, y se presenta en una forma estandarizada para
todas las entidades de la administración pública del Perú, al respecto las
entidades están obligadas a publicar y mantener constantemente actualizada la
información, concordante a los plazos que la ley de transparencia y acceso a la
información pública establezca, asimismo, sin limitar que las entidades puedan
publicar material adicional en los rubros establecidos.
Artículo
7.- Del Funcionario Responsable.
Las
entidades deben de contar con un funcionario, quien será el responsable de la
elaboración y actualización de información en el PTE, conforme a lo que
establece la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
Artículo
12.- De los contenidos de la información e iconografía amigable.
El
PTE, cuenta con 10 rubros temáticos, los cuales están signados con una iconografía,
es preciso indicar que si esta se encuentra de color plomo quiere decir que no
se encuentra activo, evidenciándose la falta de registro o la no aplicabilidad
de esta entidad, asimismo, la iconografía muestra los siguientes rubros
temáticos, inicialmente se tiene los datos generales, seguidamente el
planeamiento y organización, a continuación el presupuesto, posterior a este el
rubro proyecto de inversión e INFObras, a
continuación la participación ciudadana, seguidamente información relacionada
al personal, a continuación información correspondiente de las contrataciones
de bienes y servicios, seguidamente las actividades que tiene planificado el
titular de la entidad o funcionarios, asimismo, lo relacionado al acceso a la
información y finalmente el registro de los ciudadanos o servidores públicos,
que visitan este tipo de entidades.
Artículo
13.- De la publicación obligatoria.
Este
artículo precisa que, respecto a los actos administrativos, a los considerados
como actos de administración interna y los documentos que deban ser publicados
en el PTE, se debe consignar una nota en la que se precise la obligatoriedad de
su publicación en el citado portal y los plazos en los que se debe ejecutar
dicha acción.
En
conclusión, las normativas antes descritas fueron consideradas como la base del
análisis efectuado, respecto al impacto que se obtiene de la aplicación del
control ciudadano en la verificación del cumplimiento normativo de los PTE de
las empresas de saneamiento en las regiones del sur del Perú.
RESULTADOS
Respecto de la implementación del PTE en las empresas
públicas de saneamiento en la región sur del Perú
Como
primer aspecto a tener en cuenta dentro del análisis a los PTE de las cuatro
empresas de saneamiento seleccionadas, ha sido la verificación de la
implementación del PTE, concordante con el artículo 5 de la directiva, por lo
que se procedió a ingresar al Portal del Estado Peruano (PEP), en el cual se
verificó que efectivamente dichas empresas se encuentran correctamente
registradas y presentan un PTE en estado activo, el resultado es el siguiente:
Respecto
a SEDAPAR S.A., de la búsqueda y posterior revisión del PEP, se ha identificado
que el nombre de la empresa figura en el PEP, por lo que se puede afirmar que
esta entidad cuenta con un PTE, en tal caso, se puede verificar si registra y
si tiene activado la totalidad de iconografía del sistema.
Respecto
a EPSILOEDAPAR S.A., de la búsqueda y posterior revisión del PEP, se ha
identificado que el nombre de la empresa figura en el PEP, por lo que, se puede
afirmar que esta entidad cuenta con un PTE, a continuación, se puede verificar
si registra y si tiene activado la totalidad de iconografía del sistema.
Respecto
a EPS Moquegua S.A., de la búsqueda y posterior revisión del PEP, se ha identificado
que el nombre de la empresa figura en el PEP, por lo que se puede afirmar que
esta entidad cuenta con un PTE, en tal caso, se puede verificar si registra y
si tiene activado la totalidad de iconografía del sistema.
Respecto
a EPS Tacna S.A., de la búsqueda y posterior revisión del PEP, se ha
identificado que el nombre de la empresa figura en el PEP, por lo que se puede
afirmar que esta entidad cuenta con un PTE, en tal caso, se puede verificar si
registra y si tiene activado la totalidad de iconografía del sistema.
Se
concluye que al tener activado el sistema de PTE, es procedente verificar como
segundo punto, los rubros, toda vez que estos deben encontrarse activos en su
totalidad, de acuerdo al tipo de entidad, aspecto que será desarrollado a continuación:
Respecto al análisis de la activación de los rubros
temáticos del PTE
Del
total de empresas públicas de saneamiento del sur del Perú, concordante con el
derecho de control ciudadano, se procedió a evaluar el cumplimiento normativo
de los rubros del Portal de Transparencia Estándar en el mes de mayo 2021, en
mérito al artículo 12, de la Directiva N.º 001-2017-PCM/SGP alineado al
contexto del gobierno abierto, como parte de los ejes transversales en el marco
de la nueva gestión pública, en este sentido es preciso indicar que no todos
los rubros serán aplicables al total de las entidades públicas de los tres
niveles de gobierno, en el caso de las empresas de saneamiento, por ejemplo, no
corresponde el rubro de participación ciudadana, al respecto se tiene lo
siguiente:
*
(1) Corresponde a los datos generales, (2) al planeamiento y organización, (3)
al presupuesto, (4) información de proyectos de inversión e INFObras,
(5) información relacionada al personal, (6) información relacionada a la
contratación de bienes y servicios, (8) las actividades oficiales, (9)
posteriormente, al acceso a la información pública, (10) y finalmente, el
registro de visitas.
Referente
a los resultados de la Tabla 1, en primer lugar, es preciso mencionar que para
el análisis no se ha considerado el rubro de participación ciudadana puesto que
no es aplicable para este tipo de empresas públicas, ahora bien, de la
evaluación realizada se concluye que:
Respecto
a SEDAPAR S.A., concordante con lo precisado en el numeral 12 de la directiva
no presenta ninguno de los rubros temáticos de iconografía en color plomo, por
lo que se denota que el 100 % de estos se encuentra activo, asimismo, respecto
a EPSILO S.A., presenta cuatro rubros temáticos de color plomo por lo que su
cumplimiento es de 55.56 %, de igual forma, respecto a la EPS Moquegua S.A.
presenta tres rubros temáticos de color plomo por lo que su cumplimiento es de
66.67 %, y finalmente respecto a EPS Tacna S.A., este presenta dos rubros
temáticos de color plomo que significa inactivo, su cumplimiento es de 77.78 %.
Sin
embargo, con los resultados obtenidos, descritos líneas arriba, no es factible
realizar la calificación del nivel de cumplimiento concordante con la Tabla 2,
puesto que habría que realizar un análisis sobre cada uno de los contenidos que
se encuentran dentro de los rubros temáticos evaluados en la Tabla 3, a continuación,
se muestra los valores a los que se abordaron luego del análisis.
Respecto al análisis de los contenidos por cada rubro
temáticos del PTE
Referente
a los resultados de la Tabla 4, en primer lugar, hay que precisar que para el
análisis se han considerado los contenidos más relevantes para la aplicación
del control ciudadano descritos en la directiva, asimismo, el puntaje de
calificación citados en la Tabla 2, por lo que se concluye lo siguiente:
Respecto
a SEDAPAR S.A., esta presenta un porcentaje de implementación de 24 %, lo que
significa que su nivel de cumplimiento recibe la calificación de
“insuficiente”. Respecto a EPSILO S.A., esta presenta un porcentaje de
implementación de 36 %, lo que significa que su nivel de cumplimiento recibe la
calificación de “necesita mejorar”. Respecto a EPS Moquegua S.A., esta presenta
un porcentaje de implementación de 48 %, lo que significa que su nivel de
cumplimiento recibe la calificación de “necesita mejorar”. Respecto a EPS Tacna
S.A., esta presenta un porcentaje de implementación de 24 %, lo que significa
que su nivel de cumplimiento recibe la calificación de “insuficiente”.
Finalmente,
luego de la aplicación del control ciudadano para evidenciar el cumplimiento
normativo de los PTE de las empresas de saneamiento en el sur del Perú, se ha
obtenido un porcentaje promedio de 30.5 %, lo que según la Tabla 2, significa
una calificación de “necesita mejorar”.
Resumen de los resultados obtenidos de la investigación
Para
este trabajo de investigación, luego de la aplicación del instrumento de
control ciudadano en los PTE correspondiente a las cuatro empresas públicas de
saneamiento ubicadas en el sur del Perú (Tacna, Moquegua y Arequipa), se obtuvo
un porcentaje promedio de implementación de 30.5 % por lo que su calificación
es de “necesita mejorar”, adicionalmente en la Tabla 5, se detalla el resumen
del nivel de cumplimiento por cada una de estas entidades, concordante con los
resultados obtenidos en la Tabla 3 y 4.
En
este sentido, se observa que tanto las empresas públicas de saneamiento de la
región de Tacna y Arequipa son las que presentan menor nivel de cumplimiento
normativo en la implementación del PTE, toda vez que la información con la que
cuentan se ha calificado como “insuficiente”, en el caso de las dos empresas de
saneamiento de la región Moquegua han sido calificadas como “necesita mejorar”,
denotando que si bien han implementado parte de la información requerida por la
directiva, está aún es insuficiente, en todos los casos incumpliendo el marco
normativo vigente y aplicable.
Adicionalmente,
se resalta que las cuatro (100 %) empresas de saneamiento del sur del Perú, no
registran información respecto a los siguientes rubros: presupuesto, personal,
contrataciones (rubro de órdenes de servicios, viáticos y pasajes, comité de
selección e información sobre penalidades), actividades oficiales, acceso a la
información y registro de visitas.
DISCUSIÓN
El
ejercicio del control ciudadano, le brinda la oportunidad a la ciudadanía de
vincularse de forma activa en las acciones del Estado, al estar atentos a los
procesos y cuestiones relacionados a la sociedad, de igual forma brinda al
ciudadano acceso público de información del Estado y sus políticas, para
monitorear si sus acciones se desarrollan con el fin supremo de generar valor
público, a través de las operaciones gubernamentales que ejecuta, concordante
con Márquez y Távara (2010), quienes precisan que la vinculación de la
ciudadanía en temas públicos constituye un derecho fundamental, cuya práctica
debe ir afianzándose a medida que avanzan los años.
Al
respecto, el objetivo fue analizar el impacto del control ciudadano en la
determinación del nivel de cumplimiento normativo de los PTE en las empresas de
saneamiento del sur del Perú, la cual fue contrastada mediante la aplicación
del instrumento de control en los PTE, del cual, se obtuvo que la
implementación de los OTE se encuentran en un 30.5 %, con la calificación de
“necesita mejorar”, ello quiere decir que el deficiente cumplimiento normativo
de los PTE de las empresas de saneamiento limita que la población pueda tener
acceso a la información, que por norma debe ser pública, lo que genera un
desmedro en percepción, en el valor público que proyectan estas entidades hacia
la ciudadanía. Asimismo, no cumplen con los objetivos de la directiva, por
consiguiente, limitan el fortalecimiento del control ciudadano y la
transparencia de información pública.
Cabe
mencionar, que al identificar que las empresas de saneamiento no cumplen con la
implementación y actualización de información acorde a la directiva, esta
situación acarrearía en concordancia con el artículo 4 de la directiva,
posibles sanciones por parte de los funcionarios y servidores responsables, los
cuales tendrían que ser evaluados por la entidad, para que dentro del marco de
sus competencias tome las acciones adecuadas conforme a ley, por otro lado, se
está frenando la utilización de los PTE para generar confianza a la ciudadanía,
distinto a otros lugares en el mundo, donde los sistemas tecnológicos, potencia
la divulgación de información y acercamiento del ciudadano e inclusión en la
toma de decisiones.
CONCLUSIONES
Primeramente,
de la verificación a la implementación de los PTE por las empresas de
saneamiento en el sur del Perú, se concluye que estas se encuentran debidamente
registradas y en estado operativo para aplicar el control ciudadano.
El
impacto generado por la aplicación del control ciudadano en la verificación del
nivel de cumplimiento normativo de los PTE en las empresas públicas del rubro
saneamiento del sur del Perú dio como resultado, que estas empresas obtengan un
porcentaje de cumplimiento de 30.5 % categorizado con la calificación de
“necesitan mejorar”, este resultado evidencia el bajo nivel de cumplimiento
normativo y demuestra la deficiente transparencia de información que tienen
dichas empresas hacia la población.
La
investigación permitió conocer adicionalmente, que las empresas SEDAPAR S.A. de
Arequipa y EPS Tacna S.A. son las que menor porcentaje de implementación
presentan, solo con el 24 % cada una, calificado como “insuficiente”, en
segundo lugar, la EPSILO S.A. con un porcentaje de implementación de 36 % y en
primer lugar la EPS Moquegua S.A. con un porcentaje de implementación de 48 %,
estas dos últimas con una calificación de “necesita mejorar”. Asimismo, se
evidencia que ninguna de estas empresas de saneamiento ha logrado obtener una
calificación de “satisfactorio” o “destacado”, por lo que se evidencia la poca
predisposición para transparentar la información pública concordante a lo
precisado en la directiva.
De
igual manera, la aplicación del control ciudadano permitió evidenciar que
dentro de la implementación de los PTE de las empresas de saneamiento del sur
del Perú, existen rubros críticos, en los cuales el 100 % de las empresas
públicas de saneamiento consideradas como parte de la muestra analizada, no
registraron ningún tipo de información, los rubros son los siguientes:
presupuesto, personal, contrataciones (rubro de órdenes de servicios, viáticos
y pasajes, comité de selección e información sobre penalidades), registro de
visitas, acceso a la información y actividades oficiales.
Finalmente,
la presente investigación permitió generar un instrumento constituido por la
Tabla 2, que permite calificar el nivel de cumplimiento normativo de los PTE.
Asimismo, la Tabla 3, que permite caracterizar qué rubros del PTE son
aplicables a las empresas públicas de saneamiento, la Tabla 4 que permite
evidenciar si los rubros del PTE se encuentran activos o inactivos, y la Tabla
5 que permite realizar una análisis a profundidad del contenido que se
encuentra dentro de cada uno de los rubros del PTE, para que pueda ser
replicado por la ciudadana y sociedad civil organizada, concordante a las
políticas de participación en los procesos de la gestión pública, con el fin de
ejercer su derecho de control ciudadano, alertar a las entidades competentes
los incumplimientos detectados, y coadyuvar a mejorar la gestión pública de
este tipo de entidades.
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Este
artículo es publicado por la Revista Economía y Negocios de la Universidad
Nacional Jorge Basadre Grohmann. Este es un artículo de acceso abierto,
distribuido bajo los términos de la Licencia Creative Commons
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